Las leyes y acuerdos aprobados por la Asamblea Nacional (AN), los decretos presidenciales, las resoluciones y actos administrativos de efectos generales de los ministerios, la vicepresidencia ejecutiva, órganos del Consejo Moral Republicano, el Consejo Nacional Electoral (CNE), la Defensa Pública y sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que fijen criterio vinculante para los demás jueces son solo algunos de los actos emitidos por los órganos del Poder Público que los ciudadanos deberían poder consultar en la Gaceta Oficial. Sin embargo, en la actualidad esto no siempre es posible, pues no todas las ediciones del diario oficial del Estado están disponibles, a pesar de que su aparición en dicho instrumento, es indispensable para considerarlos válidos.
Una investigación realizada por Acceso a la Justicia arrojó que desde 2021 hasta el primer trimestre de 2024, 43 números del instrumento no han sido publicados por el Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (Saingo), instancia responsable de la impresión y difusión de la publicación. La abrumadora mayoría de las ediciones que están perdidas son extraordinarias, aunque también al menos dos son ordinarias cuyo contenido se desconoce.
La revisión también permitió constatar que la práctica de no publicar las Gacetas Oficiales se ha venido agravando con el paso del tiempo. Así, mientras en 2021 fueron 11 los números que se extraviaron (9 extraordinarios y 2 ordinarios), en 2022 fueron 10. Por su parte, en 2023 la cifra se disparó hasta 21 y en lo que va de 2024 hay solo una edición cuyo contenido se desconoce.
Con gran retraso
La Ley de Publicaciones Oficiales de 2022 señala en su artículo 6 que el Saingo, actualmente adscrito a la cartera ministerial de comunicación e información, es el responsable de la «edición e impresión» de la Gaceta Oficial, que se «publicará de forma ordinaria todos los días hábiles, sin perjuicio de que se publiquen números extraordinarios cuando sea necesario».
Por su parte, el artículo 9 de dicho texto establece que la publicación de la Gaceta Oficial se realizará bajo un «sistema mixto que comprenderá uno digital y automatizado, y otro físico». ¿Qué significa esto? Agrega la norma que:
«la publicación física deberá contener todo el contenido publicado en la versión digital y automatizada y generará los mismos efectos establecidos en esta Ley, incluyendo su carácter público y de documento público. La contravención de esta disposición generará responsabilidad civil, administrativa y penal, según corresponda».
No obstante, el contenido de ambas disposiciones no se cumple. En la actualidad no es posible encontrar la versión en papel de algunas ediciones del instrumento, y en el sitio web del organismo los números ordinarios y extraordinarios se publican con rezago, sin que hasta el momento las autoridades hayan tomado medidas contra los responsables de esta irregularidad.
La investigación de Acceso a la Justicia también detectó que la página web del Saingo dejó de publicar gacetas durante varios días a lo largo de febrero, y aunque volvió a operar el día 22, no todas las ediciones estaban disponibles en esa ocasión. Una revisión realizada durante el asueto de Semana Santa permitió constatar que la última edición de la Gaceta Oficial publicada correspondía a la del 21 de marzo; aunque al cierre de esta nota, el rezago era menor, puesto que estaba disponible la del 11 de abril.
Si lo anterior no fuera suficiente, cinco ediciones extraordinarias correspondientes al año 2023 fueron publicadas por el Saingo el 22 de marzo (6.780, 6.781, 6.788, 6.789 y 6.792), es decir, muchos meses después de haber sido anunciadas en otros sitios y medios públicos.
Las ediciones recientemente aparecidas contienen actos como el decreto presidencial que crea la zona económica especial del estado Nueva Esparta y la autorización de la AN para que el Gobierno disponga de fondos adicionales. También hay resoluciones del Ministerio de la Defensa mediante las cuales se sanciona con multas a unos oficiales, y se encuentra además la reimpresión del reglamento orgánico interno del Parlamento por un error material, entre otros actos del Poder Público.
Sin alternativas confiables
Durante mucho tiempo los portales web de organismos públicos como el TSJ, la Procuraduría General de la República o el Ministerio Público (MP) sirvieron para que los ciudadanos pudieran consultar con mayor prontitud el contenido de la Gaceta Oficial, pero estas opciones han dejado de ser confiables.
En el caso del sitio web del TSJ también se observa un retraso en la publicación de la Gaceta; para el 30 de marzo la última edición publicada correspondía a la del día 15 del mismo mes; y en el caso del MP este sitio remite al usuario al portal del Saingo.
En los últimos tiempos, algunos ejemplares de la Gaceta Oficial han sido difundidos por medios de comunicación antes que por el Saingo; uno de los últimos casos fue el número ordinario 42.823 del 21 de febrero de 2024, en el cual figuraba el decreto n.º 4.924 de la misma fecha, según el cual se prorrogó por un año (a partir del 26 de febrero) la exoneración del pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras por la compra, venta y transferencia en títulos valores; los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los títulos valores y por los títulos negociados a través de las bolsas de valores, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país.
Situaciones como la descrita anteriormente lejos de combatir la inseguridad jurídica la acrecientan. No se puede olvidar que gracias a las nuevas tecnologías se pueden forjar documentos hasta casi hacerlos parecer originales. Esta es una situación que hace que haya motivos más que suficientes para dudar de la aparición de las gacetas en medios no previstos en la ley.
Cada vez más opaco
La persistencia y agudización de la práctica de la no publicación de las Gacetas Oficiales agrava el clima de opacidad reinante en el país. Esta situación explica por qué Venezuela sigue figurando en los últimos puestos en el mundo en lo que se refiere a transparencia y acceso a la información, de acuerdo con los estudios de organizaciones como World Justice Project.
En el último Índice de Estado de Derecho publicado por esa organización, el cual evalúa renglones como la posibilidad de que los ciudadanos conozcan sus leyes, que tengan acceso a la información del Estado y que puedan dirigir peticiones a las autoridades, el país registró, por cuarto año consecutivo, una nota de 0,28 puntos, por ello cerró en el puesto 139 de 142 países evaluados y en el último de los 32 países de América Latina y el Caribe, esto a pesar de que la Constitución recoge el derecho al acceso a la información y la obligación de que las autoridades rindan cuentas periódicamente de su gestión.
Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?
La práctica de no publicar las Gacetas Oficiales supone una grave irregularidad que alimenta el clima de inseguridad jurídica reinante en el país.
La Constitución, en su artículo 215, deja en claro que las normas jurídicas emitidas por el Poder Público solo se podrán aplicar una vez que aparezcan en dicha publicación, lo cual es ratificado por el artículo 10 de la Ley de Publicaciones Oficiales. Por su parte, en el artículo 8 de la referida ley se establece que:
«la publicación de los actos jurídicos del Estado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela le otorga carácter público con fuerza de documento público. Para que los actos jurídicos del Poder Electoral, Poder Judicial y otras publicaciones oficiales surtan efectos deben ser publicados en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela».
Sin embargo, al no cumplirse con este formalismo, dichos actos legales, administrativos o judiciales no deberían tener vigor, aunque de facto muchos de ellos se ponen en práctica sin que los ciudadanos, incluso los propios afectados, los conozcan, poniéndolos en una situación de indefensión e incertidumbre.
18 de abril 2024
https://accesoalajusticia.org/aumento-numero-ediciones-perdidas-gaceta-oficial-venezuela/